20/10/14
8/10/14
3/10/14
Unión Europea. Scientific Committee on Consumer Safety (SCCS) restringe el uso de tres conservantes en cosmética.
Scientific
Committee on Consumer Safety (SCCS) reforzó
la protección de los consumidores, en particular bebés y niños
pequeños. Para lo que adoptó dos medidas que restringen el uso de
tres conservantes en productos cosméticos.
Los conservantes
en cosméticos cumplen una función valiosa al asegurar que los
productos utilizados a diario estén libres de microorganismos
patógenos,
Sin embargo
necesitamos asegurarnos de que los conservantes garanticen el máximo
grado de protección para los consumidores.
Las medidas adoptadas por la Comisión, limitan la concentración máxima de dos conservantes, propilparabeno y butilparabeno en productos para niños menores de tres años.
Las medidas adoptadas por la Comisión, limitan la concentración máxima de dos conservantes, propilparabeno y butilparabeno en productos para niños menores de tres años.
Hasta ahora
permitidos al 0,4% cuando se utilizan de forma individual y al 0,8%
cuando se mezcla con otros ésteres.
La nueva
concentración permitida es 0,14% cuando se usa de forma individual
o en conjunto.
Las nuevas normas se
aplicarán a partir del 16 de abril 2015.
En segundo lugar, la Comisión prohíbe la mezcla de Methylchloroisothiazolinone (y) Methylisothiazolinone (MCI / MI) en productos como cremas corporales.
En segundo lugar, la Comisión prohíbe la mezcla de Methylchloroisothiazolinone (y) Methylisothiazolinone (MCI / MI) en productos como cremas corporales.
La medida tiene como
objetivo reducir el riesgo y la incidencia de alergias en la piel.
El conservante se
puede seguir utilizando en productos que deben enjuagarse tales como
champús y geles de ducha a una concentración máxima de 0.0015% en
una mezcla de 3: 1 de MCI / MI.
La medida entrará
en vigor para los productos comercializados a partir de 16 de julio
de 2015.
Antecedentes.
A
principios de este año, la Comisión prohibió el uso de otros
parabenos en productos cosméticos, Isopropilparabeno,
Isobutilparabeno, Fenilparabeno, Bencilparabeno y Pentilparabeno ( Reglamento (UE) 358/2014 ) debido a la falta de datos necesarios
para efectuar la evaluación. Los productos introducidos en el
mercado después del 30 de octubre 2014 tendrán que estar libres de
estas sustancias.
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