2/11/12
Mercosur - RMC 24/2011 - Sustancias alergénicas contenidas en perfumes.
De acuerdo a la RMC 24/2011 de Mercosur, a partir del 1/4/2013 será obligatorio incluir en las listas de ingredientes de los rótulos las sustancias alergénicas contenidas en los perfumes además de la mención genérica PARFUM/FRAGRANCE.
Dicha norma entrará en vigencia por decisión de las autoridades de la ANMAT aún cuando la misma no haya sido internalizada por el momento en la Argentina.
Algunas sustancias fueron identificadas como causa importante de reacciones alérgicas de contacto en los consumidores sensibles a fragancias y aromas.
De esta forma la presencia de esas sustancias en la formulación debe ser indicada en la descripción de los ingredientes en el rotulado del producto (en la lista de los ingredientes o composición) de modo de facilitar la identificación de estas sustancias por los consumidores que no las toleran.
Por lo tanto las sustancias listadas deben ser indicadas en el rotulado del producto por la nomenclatura INCI cuando su concentración supere: el 0,001 % en los productos que no deben enjuagarse y el 0,01 % en los productos que se enjuagan .
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